Réglementation
Subcontratación en construcción: inversión del sujeto pasivo y factura electrónica

Si subcontrata en construcción en Francia, conoce la regla de memoria: factura al contratista principal sin IVA, con la mención «autoliquidación», y es él quien lo declara.
Lo que casi nadie explica es qué ocurre con ese mecanismo cuando la factura pasa al formato electrónico. Y ahí se juega la suerte de sus facturas: mal cumplimentada, una factura con inversión del sujeto pasivo se rechaza antes incluso de llegar a su cliente.
Este artículo trata del régimen francés. Le concierne si trabaja como subcontratista en Francia.
A quién afecta, exactamente
La inversión del sujeto pasivo se aplica cuando se cumplen tres condiciones a la vez:
- realiza obras de construcción — edificación, reparación, mantenimiento, reforma, limpieza asociada;
- interviene como subcontratista, para una empresa principal, no para el cliente final;
- su contratista principal está sujeto al IVA en Francia.
Es el supuesto previsto en el artículo 283, 2 nonies del código fiscal francés. Si falta una de las tres — factura directamente al propietario, o su contratista no está sujeto — factura el IVA con normalidad.
Un punto que sorprende a menudo: el simple suministro de materiales no está incluido. Si entrega material sin instalarlo, es una venta, con IVA. Si lo instala, es una prestación de obra y se aplica la inversión. La frontera está en la instalación.
Lo que debe llevar su factura hoy
Tres elementos, ni uno más:
- el importe sin impuestos;
- ningún IVA — ni línea, ni total;
- la mención «autoliquidación», citando el artículo 283, 2 nonies.
Su contratista declara el IVA en su lugar y lo deduce en el mismo movimiento. Para él la operación es neutra en tesorería. Para usted evita adelantar un IVA que recuperaría meses después.
La trampa: «IVA al 0 %» no es lo mismo
Este es el error más frecuente, y se agrava mucho con el formato electrónico.
Sobre el papel, una factura con tipo 0 % y una con inversión del sujeto pasivo se parecen: ninguna muestra IVA. Uno tiende a considerarlas equivalentes. No lo son.
Son tres regímenes jurídicamente distintos:
| Lo que indica | Lo que significa |
|---|---|
| Inversión del sujeto pasivo | El IVA existe y se debe — lo debe su cliente, no usted |
| Exención | La operación queda fuera del IVA |
| Tipo al 0 % | Un tipo realmente nulo, raro y muy acotado |
Mientras la factura sea un PDF, la administración lee la mención escrita y entiende. En cuanto pasa a ser un archivo estructurado, se transmite un código, no su frase. Si su programa envía «tipo 0 %» donde correspondía «inversión del sujeto pasivo», está declarando algo distinto de lo que hizo — y nadie lo verá a simple vista, porque la factura seguirá mostrando la mención correcta en pantalla.
Es el tipo de desajuste que solo aparece en una inspección.
Lo que cambia realmente
Primero la buena noticia: el régimen no cambia. La inversión del sujeto pasivo sigue igual, con las mismas condiciones y los mismos efectos. La reforma no toca el fondo.
Lo que cambia es el envase.
La mención pasa a ser un dato, no una frase. Hoy «autoliquidación» es un texto que su cliente lee. Mañana es información codificada que su programa usa para rellenar la declaración automáticamente. El texto sigue mostrándose — pero ya no es lo que cuenta.
Una factura mal codificada se bloquea, no se corrige. Esa es la verdadera novedad. Hoy una factura ambigua pasa: su cliente la trata a mano y le llama si hace falta. Mañana la plataforma comprueba la coherencia antes de transmitir. Una factura que anuncia un régimen y aplica otro se rechaza — y una factura rechazada no se cobra nunca.
Las facturas a particulares van aparte. Si además trabaja directamente para particulares, esas facturas no siguen el mismo circuito: entran en el e-reporting, más ligero. Un mismo profesional puede tener por tanto dos flujos distintos. Su programa debe saber distinguirlos solo.
Si usted es el contratista principal
El razonamiento se invierte, con un punto de atención.
Recibirá facturas de subcontratistas sin IVA. Debe declarar ese IVA y deducirlo. Hasta aquí, nada nuevo.
Lo que cambia: esas facturas llegarán por la plataforma, no por correo. Sin punto de recepción, no llegan a ninguna parte. Sus subcontratistas darán por hecho que han facturado. El malentendido puede durar semanas — y acabar en reclamaciones, o en penalizaciones por demora que usted deberá.
Es precisamente la obligación que llega primero: poder recibir, desde el 1 de septiembre de 2026.
Qué comprobar en su programa
Cuatro preguntas, tal cual, para su proveedor:
- ¿La inversión del sujeto pasivo es un ajuste propio, o tengo que poner los tipos a cero a mano? (Si es lo segundo, desconfíe: es exactamente el error descrito arriba.)
- ¿La mención legal se añade automáticamente al activarla?
- ¿El régimen viaja en el archivo estructurado, no solo en el texto visible?
- ¿Puedo recibir las facturas de mis subcontratistas en el mismo sitio?
En Aidifis, la inversión del sujeto pasivo es un interruptor en el presupuesto o la factura: lo activa, el IVA desaparece de todas las líneas, se añade la mención legal y el régimen se transmite correctamente en el archivo. Sin tipos que introducir.
Para calcular un caso concreto antes de facturar, nuestra calculadora de IVA de obra es gratuita y sin registro. Y si aún se pregunta si todo esto le afecta, empiece por la página que explica la reforma.
Este artículo describe un régimen fiscal general. Los casos mixtos — obra y suministros en una misma factura, obras en el extranjero, contratista no sujeto — merecen la opinión de su asesor antes de facturar.